Otorgamiento de una prestación económica y del fortalecimiento de redes de acompañamiento, destinado a cubrir los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.
El PROGRAMA “ACOMPAÑAR” está destinado a aquellas personas que se encuentren en
situación acreditada de riesgo por violencia por motivos de género. Se entiende por personas en situación de violencia por motivos de género que se encuentren en “riesgo”, a aquellas mujeres y personas LGBTI+ que por sus condiciones socio económicas y vinculares se encuentren expuestas a diversas manifestaciones de las violencias
por motivos de género que ponen en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social.
La prestación económica consistirá en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva por el valor de UN (1) salario mínimo vital y móvil, que se abonará durante SEIS (6) períodos mensuales consecutivos, a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo acreditada por violencia por motivos de género, de conformidad con lo que se establece en el presente.
¿A quién está dirigido?
Ciudadanía
¿Dónde se realiza?
Garibaldi 685 (Santa Rosa) y a través de Municipalidades
Requerirá acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Podrá requerir la prestación toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a UN (1) año anterior a la solicitud, a partir de los DIECIOCHO (18) años de edad.
Resulta compatible con:
a. Asignación Universal por hijo o hija;
b. Asignación Universal por Embarazo para Protección Social;
c. Asignación por hijo o hija con discapacidad;
d. Monotributo Social,
e. Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), y
f. Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Resulta incompatible con:
a. Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; monotributo; y régimen
de autónomos, excepto la compatibilidad establecida en el ARTÍCULO 6° incisos d) y f) del presente;
b. Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el ESTADO NACIONAL;
c. Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
d. Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016;
e. Prestación por desempleo.
Tiempo estimado: 30 días
Costo: Gratuito.
Destinado a mujeres en situación de riesgo por violencia por motivos de género.
Normativa:
2023_09_12_08_11_17_Decreto 734-20.pdfFormularios:
DATOS NECESARIOS PARA PROGRAMA ACOMPAÑAR ACTUALIZADO.docx-
Teléfono/s: 2954-244992
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Correo electrónico: programaacompanarlapampa@gmail.com