Es la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo. la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.
¿A quién está dirigido?
Ciudadanía
¿Dónde se realiza?
Se realiza en la sede del registro civil que corresponde por domicilio.
Los dos integrantes sean mayores de 18 años.
No estén unidos por vínculos de parentesco en línea recta en todos los grados, ni colateral hasta el segundo grado.
No estén unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta.
No tengan impedimento de ligamen ni esté registrada otra convivencia de manera simultánea.
Mantengan la convivencia durante un período no inferior a dos años.
Ambos deben tener el mismo domicilio en el DNI.
Acreditar convivencia de 2 años o mas.
Tiempo estimado: 2 días
Costo: $ 1400.00
Normativa:
2023_07_25_07_47_19_Ley 26.413.pdf-
Teléfono/s: 02954-389599
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Correo electrónico: dgregistrocivil@lapamp.gob.ar