Formulario Único de Denuncias para entidades gremiales, por cuestiones laborales ya sea por motivos de falta o deficiente registración o cualquier otra causa que sea presumible denunciar, como falta de pago en término, o de horas extras o seguridad e higiene.
¿A quién está dirigido?
Profesionales
¿Dónde se realiza?
On line
Se fomenta el art. 29, último párrafo, de la ley 25.877, conforme lo previsto en los Convenios OIT 81, 129, 144 y 150, que propicia la participación tripartita para la lucha contra el empleo no registrado. Las Asociaciones Sindicales nutren del invalorable aporte y participación de un accionar conjunto, dado que nadie mejor que ellas conocen la problemática y las necesidades del sector que representan. Se tiene presente la Ley 23.551 del año 1988 (DT, 1988-A, 802), en su art. 43, inc. a), le ha atribuido a los representantes sindicales en la empresa entre sus funciones la de “verificar la aplicación de las normas legales o convencionales”. La entidad gremial denunciante puede acompañar en la inspección de acuerdo a la disponibilidad puntual.
Tiempo estimado: 2 días
Costo: Gratuito.
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Teléfono/s: 2954 412603
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Correo electrónico: InspeccionLaboralRL@lapampa.gob.ar